Por Jehová son ordenados los pasos del hombre, y él aprueba su camino. Salmos 37:23. AFC 249.3
Los jóvenes con frecuencia se encontrarán en una posición donde no sabrán qué deben hacer. Su inclinación los guía hacia una dirección, y el Espíritu Santo de Dios los atrae hacia otra. Satanás los asedia con sus tentaciones, y los insta a seguir las tendencias del corazón natural. Pero los que desean ser fieles a Cristo, escucharán la voz que dice: “Este es el camino, andad por él”. Isaías 30:21. Decidirán seguir la conducta de los justos, aunque sea más difícil y dolorosa de seguir que el camino de su propio corazón... AFC 249.4
Necesitamos recibir sabiduría divina para actuar en lo que concierne a la vida diaria, para tener sólido juicio y elegir el camino seguro porque es el correcto. El que obra dependiendo de su propio juicio, seguirá la inclinación del corazón natural; pero el que tiene la mente abierta a la Palabra de Dios, considerará con oración cada paso que den sus pies, para honrar a Dios y hacer su voluntad. Recordará que “ni aun Cristo se agradó a sí mismo” (Romanos 15:3), y considerará que es un gran privilegio andar en sus pasos. Presentará sus dudas a Dios en oración, y pedirá la dirección de Aquel cuya propiedad es. Comprenderá que pertenece a Dios en alma, cuerpo, mente y fuerza... AFC 249.5
Que cada joven se prepare en todo sentido para confiar en el Señor y no andar en sus propios caminos. “Fíate de Jehová de todo tu corazón, y no te apoyes en tu propia prudencia.” Reconócelo en todos tus caminos, y él enderezará tus veredas. No seas sabio en tu propia opinión; teme a Jehová, y apártate del mal; porque será medicina a tu cuerpo, y refrigerio para tus huesos. Honra a Jehová con tus bienes, y con las primicias de todos tus frutos; y serán llenos tus graneros con abundancia, y tus lagares rebosarán de mosto. No menosprecies, hijo mío, el castigo de Jehová, ni le fatigues de su corrección; porque Jehová al que ama castiga, como el padre al hijo a quien quiere. Proverbios 3:5-14;.—The Youth’s Instructor, 19 de septiembre de 1895. AFC 250.1