La ley de Dios es la regla por la cual serán probados los caracteres y las vidas de los hombres en el juicio. Dice el sabio: “Teme a Dios, y guarda sus mandamientos; porque esto es la suma del deber humano. Pues... Dios traerá toda obra a juicio”. Y el apóstol Santiago amonesta a sus hermanos: “Así hablad... y así obrad, como hombres que van a ser juzgados por la ley de libertad”. Eclesiastés 12:13, 14, VM; Santiago 2:12, VM. CES 114.4
Los que en el juicio “serán tenidos por dignos” tendrán parte en la resurrección de los justos. Jesús dijo: “Los que serán tenidos por dignos de alcanzar aquel siglo venidero, y la resurrección de entre los muertos... son iguales a los ángeles, y son hijos de Dios, siendo hijos de la resurrección”. Lucas 20:35, 36, VM. Y además declara que “los que hicieron lo bueno saldrán a resurrección de vida”. Juan 5:29. Los justos muertos no serán resucitados hasta después del juicio en el cual habrán sido considerados dignos de la “resurrección de vida”. De esto se deduce que no estarán presentes en persona ante el tribunal cuando sus registros sean examinados y sus causas falladas. CES 115.1