No améis al mundo, ni las cosas que están en el mundo. Si alguno ama al mundo, el amor del Padre no está en él. 1 Juan 2:15. AFC64 313.1
El verdadero cristiano no tendrá deseos de entrar en ningún lugar de diversión ni participar de diversión alguna sobre los que no pueda pedir la bendición de Dios. No irá al teatro, [ni] a los salones de billar. ... No se unirá con los alegres bailarines ni participará en ningún otro placer seductor que borre a Cristo de su mente. AFC64 313.2
A los que abogan por estas diversiones les contestamos que no podemos participar de ellas en el nombre de Jesús de Nazaret. ... Id con vuestra imaginación al Getsemaní, y contemplad la angustia que Cristo soportó por nosotros. Ved al Redentor del mundo luchando con agonía sobrehumana, con los pecados de todo el mundo sobre él. Escuchad su oración llevada por la brisa: “Padre, si quieres, pasa de mí esta copa; pero no se haga mi voluntad, sino la tuya”. Había llegado la hora de las tinieblas. Cristo había entrado en las sombras de su cruz. Debía beber solo la amarga copa. De todos los hijos del mundo que había bendecido y consolado, no había uno solo que lo consolara en esta terrible hora. Lo traicionaron y entregaron en manos de la turba asesina. Desfallecido y cansado, lo arrastraron de un tribunal a otro. ... El que no conoció la mancha del pecado derramó su vida como malhechor en el Calvario. Esta historia debería conmover profundamente a cada alma. El Hijo de Dios se hizo varón de dolores, experimentado en quebranto, a fin de salvarnos. ... Mantened constantemente en vosotros una vislumbre del sacrificio infinito realizado por nuestra redención, y el salón de baile perderá su atractivo. AFC64 313.3
Cristo no sólo murió como sacrificio por nosotros, sino que también vive como ejemplo para nosotros. En su naturaleza humana aparece íntegro, perfecto, inmaculado. Ser cristiano es ser como Cristo. Todo nuestro ser, cuerpo, alma y espíritu, debe ser purificado, ennoblecido y santificado hasta que reflejemos a Cristo.—The Review and Herald, 28 de febrero de 1882. AFC64 313.4